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Política

Mintrabajo prohíbe despidos de víctimas que denuncien acoso sexual y establece sanciones

El Medio
  • marzo 13, 2025
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Mintrabajo prohíbe despidos de víctimas que denuncien acoso sexual y establece sanciones

En un importante avance en la lucha contra el acoso sexual en el ámbito laboral, el Ministerio de Trabajo de Colombia ha emitido un decreto que prohíbe el despido de trabajadores que denuncien este tipo de agresiones. La nueva normativa, enmarcada dentro de la Ley 2365 de 2024, establece además sanciones para los empleadores que incumplan esta disposición.

Protección para las víctimas

El decreto establece que ninguna persona que denuncie acoso sexual en su lugar de trabajo podrá ser despedida dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la queja. La medida busca erradicar la revictimización y fomentar un entorno laboral seguro, donde las denuncias puedan realizarse sin temor a represalias.

Excepciones y sanciones

Sin embargo, la normativa contempla excepciones en casos en los que el despido tenga una justificación válida, como procesos disciplinarios previos o la autorización del Ministerio de Trabajo. En caso de despidos injustificados, el decreto declara nulo el despido y establece multas para los empleadores infractores, que pueden oscilar entre uno y 5.000 salarios mínimos diarios vigentes.

Un paso hacia entornos laborales más seguros

La ministra de Trabajo ha señalado que este decreto es un avance en la protección de los derechos laborales y en la erradicación de la violencia de género en el ámbito profesional. Se espera que esta normativa ayude a reducir el número de casos de acoso sexual en el trabajo y motive a las víctimas a denunciar sin temor a represalias.

Con estas nuevas medidas, el Gobierno colombiano refuerza su compromiso con la promoción de espacios laborales seguros y equitativos, asegurando que las denuncias por acoso sexual sean tratadas con seriedad y sin poner en riesgo la estabilidad laboral de las víctimas.

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