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Opinión

Representaciones de la inclusión educativa en Colombia: ¿Utopía o realidad?

El Medio
  • febrero 10, 2025
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Representaciones de la inclusión educativa en Colombia: ¿Utopía o realidad?

Por María Magdalena Muñoz 

En Colombia el tránsito de la inclusión se gesta solo hace menos de tres décadas, este desafío se ha convertido en una utopía que en ocasiones genera desesperanza frente a un sistema educativo que, aunque ha legislado al respecto, no genera las condiciones reales para una inclusión pertinente y con equiparación de oportunidades.

A partir de la Constitución Política de 1991 y la Ley General de Educación en 1994, se inicia con cambio de paradigma del concepto de integración y se hace énfasis en un proyecto amplio inclusivo que asegure los derechos fundamentales de toda la población, desde un enfoque de igualdad, equidad y justicia. Ante este panorama, se construyen políticas públicas de inclusión con la finalidad de determinar acciones para mejorar las condiciones de los sujetos en todos los ámbitos, así como garantizar el goce efectivo de sus derechos. Sin embargo, los indicadores de calidad están regulados por resultados en las pruebas estandarizadas, que no solo homogeniza el sistema educativo, sino que direcciona la permanencia de los estudiantes en el aula amparado en teorías psicológicas, bajo la cual según la edad todos los niños, niñas y jóvenes deben cumplir con los mismos parámetros.

Entonces nos vemos enfrentados a una inclusión, que se enmarca en un indicador de acceso y permanencia, con base en el números de estudiantes diagnosticados y a la presión diaria de las y los docentes para desarrollar un currículo estandarizado basado en indicadores de logros, estándares, derechos básicos de aprendizaje y competencias diseñadas para todos y todas en igualdad de condiciones; sin tener en cuenta que la diversidad es la norma, y no la excepción. Se desconoce que en las aulas de clases confluyen diversas razas, culturas, creencias, desarrollo biopsicosocial, motivaciones, etc., no se tiene en cuenta a los maestros como sujetos diversos que también necesitan de la inclusión.

Ese interés que se nos plantea de indagar y entender las formas representativas de la política pública de inclusión, surge cuando nos remitimos a la literatura especializada tanto nacional como internacional y encontramos que en esas representaciones se construyen unas formas particulares del conocimiento, pero también otras que nos identifican con elementos comunes independiente del lugar del mundo donde se hable de inclusión educativa; esta nos permiten las relaciones entre las personas y el marco de lectura de la realidad. (Farr 1986, citado por Mora, 2002), estas representaciones, además, aparecen cuando como docentes debatimos temas de interés mutuo o cuando seleccionamos acontecimientos significativos o de interés general.

Para plantear la utopía que representa la realidad de la implementación de la política pública de inclusión, nos remitimos a la definición de la Real Academia de la Lengua,; “representación imaginativa de una sociedad futura de características favorecedoras del bien humano”; esta definición nos lleva al planteamiento del Decreto 1421 de 2017 que define como educación inclusiva: «aquella que reconoce, valora y responde de manera pertinente a la diversidad de características, intereses, posibilidades y expectativas de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, cuyo objetivo es promover su desarrollo, aprendizaje y participación, con pares de su misma edad, en un ambiente de aprendizaje común, sin discriminación o exclusión alguna, y que garantiza, en el marco de los derechos humanos, los apoyos y los ajustes razonables requeridos en su proceso educativo, a través de prácticas, políticas y culturas que eliminan las barreras existentes en el entorno educativo.”

Desde esta definición un tanto idealista, se pone de manifiesto la puesta en práctica de planes de implementación progresiva que deben orientarse desde los principios de respeto a la dignidad, autonomía, libertad e independencia de las personas con discapacidad. Se hace especial énfasis al respeto por la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de discapacidad. Es precisamente, en todos estos principios planteados en el Decreto 1421 donde se recalca la participación en condiciones de igualdad y de inclusión social plena.

Infortunadamente nuestras formas de concebir la educación han llevado a que se olvide muy a menudo que es un derecho fundamental y que la escuela debería ser un escenario de puertas abiertas y un maravilloso encuentro en la diversidad; pero, se ha entendido más como un servicio que debe ser prestado en consonancia con las tendencias del libre mercado y la competitividad. Es absolutamente preocupante cuando este derecho fundamental es transfigurado en su esencia, y circula más como una competencia con base en unos estándares, sin tener en cuenta las inteligencias múltiples, la neurodiversidad, los intereses y las motivaciones. Una de sus peores consecuencias es la segregación, y discriminación puesto que, en esa competencia, la atención a la diversidad representa una desventaja, si el mismo Estado se sigue prestando para medir la calidad de las instituciones educativas sin exigir como factor determinante la inclusión; la política pública quedará estancada por décadas y seguirá siendo una utopía.

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